La Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, con cl objeto de recibir comentarios y/o sugerencias, pone a disposición de la ciudadanía la PROPUESTA DE MODIFICACIÓN AL TÍTULO IV, DENOMINADO RÉGIMEN TARIFARIO DEL SERVICIO PÚBLICO DE
DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN Y AL TÍTUIO V, DENOMINADO RÉGIMEN DE SUMINISTRO DEL SERVICIO PÚBLICO DE DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN, AMBOS DEL REGLAMENTO DE DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA.