Leyes Sectoriales

Son las leyes del país que establecen el marco general del funcionamiento y desarrollo del sector telecomunicaciones. En este sentido existen:

  • La Ley No.6 de 21 de enero de 2004, por la cual se crea un gravamen ad valóreme de doce por ciento sobre el valor de toda llamada de larga distancia internacional, de uso público facturada en Panamá. Publicada en la gaceta oficial No. 24,973 de 23 de enero de 2004.
  • La Ley No.54 de 25 de octubre de 2001, por la cual el artículo 3 de la ley 88 de 1961, que crea un gravamen por llamadas telefónicas al exterior y dicta otras disposiciones. Publicada en la gaceta oficial No. 24,423 de 2 de noviembre de 2001.
  • La Ley No.31 de 8 de febrero de 1996, por la cual se dictan normas para la regulación de las telecomunicaciones en la República de Panamá. Publicada en gaceta oficial No 22,971 de 9 de febrero de 1996. La antes citada Ley 31, fue modificada a su vez por la Ley No.24 de 30 de junio de 1999. Publicada en la gaceta oficial No. 23,832 de 5 de julio de 1999.
  • La Ley No.5 de 9 de febrero de 1995, por la cual se reestructura el Instituto Nacional de Telecomunicaciones. Publicada en gaceta oficial No. 22,724 de 14 de febrero de 1993.
  • La Ley No.17 de 9 de julio de 1991, por la cual se modifican los Artículos 8, 10 y 11 de la Ley No.14 de 29 de julio de 1987, el Artículo 2 de la Ley No.36 de 17 de octubre de 1980 y se dictan disposiciones sobre la Telefonía Celular. Publicada en gaceta oficial No. 21,831 de 17 de julio de 1991.

Reglamentos

Son las normas que desarrollan el contenido de las leyes sectoriales de telecomunicaciones y que con mayor detalle, especifican los distintos aspectos expresados genéricamente en las leyes, a fin de que las mismas puedan ser aplicadas a las distintas situaciones que se produzcan en el sector de telecomunicaciones. Los reglamentos existentes son:

  • Decreto Ejecutivo No.17 de 20 de febrero de 2004, por el cual se reglamenta la Ley No.6 de 21 de enero de 2004 que crea un gravamen ad valoren sobre las llamadas de larga distancia internacional de uso público, facturadas en Panamá. Publicada en la gaceta oficial No. 24,996 de 26 de febrero de 2004.
  • Decreto Ejecutivo No. 97 de 25 de septiembre de 2002, por el cual se reglamenta el artículo 2 de la Ley No. 54 de 25 de octubre de 2001 y se adiciona un parágrafo al artículo 14 del Decreto Ejecutivo No. 1-D de 28 de enero de 1994. Publicada en la gaceta oficial No. 24,650 de 1 de octubre de 2002.
    Decreto Ejecutivo No.138 de 15 de junio de 1998, por el cual se dictan normas para la utilización de instalaciones dedicadas a la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, radio y televisión. Publicada en la gaceta oficial No. 23,568 de 19 de junio de 1998.
  • Decreto Ejecutivo No.73 de 9 abril de 1997, por el cual se reglamenta la Ley No.31 de 8 de febrero de 1996. Publicada en la gaceta oficial No. 23,263 de 10 de abril de 1997.
  • Decreto Ejecutivo No.21 de 12 de enero de 1996, por el cual se dicta el Reglamento sobre la Operación del Servicio de Telefonía Móvil Celular. Publicada en la gaceta oficial No. 22,957 de 23 de enero de 1996.

Resoluciones del Sector

Son las resoluciones dictadas por la Junta Directiva del Ente Regulador de los Servicios Públicos, con carácter normativo, mediante las cuales el Ente Regulador aplica a casos y situaciones concretas lo dispuesto en las leyes sectoriales y en los reglamentos de las mismas y de igual forma dispone acerca de aspectos administrativos, funcionales y regulatorios del sector telecomunicaciones.

Planes Sectoriales

Cada sector regulado por el Ente Regulador de los Servicios Públicos cuenta con planes sectoriales de desarrollo que contienen los detalles de la forma como deben operar y desarrollarse los sistemas o redes de servicios de cada sector.

En el sector telecomunicaciones, al Ente Regulador le correspondió desarrollar, a través de consultores especializados, los estudios de los planes sectoriales que establecen las directrices y normas sobre las cuales deben fundamentarse los diferentes servicios que se brindan en este sector. Les corresponde a los operadores de los servicios de telecomunicaciones llevar a cabo la implementación de los sistemas y redes teniendo en cuenta las directrices y normas establecidas en dichos planes.

Los distintos planes sectoriales de desarrollo que regulan la operación de los sistemas de telecomunicaciones, se requieren para que todos los sistemas de telecomunicaciones puedan funcionar en forma compatible y comunicarse entre sí, de manera que la información de video, datos, voz y cualquier otra señal, pueda transmitirse en forma confiable y segura entre las distintas redes de servicios que se brindan en este sector. Para este fin el Ente Regulador aprobó, mediante la Resolución No. JD-106 de 30 de septiembre de 1997, el Plan Nacional Técnico de Telecomunicaciones, que comprende los siguientes planes fundamentales:

El Plan Nacional de Atribución de Frecuencias es la herramienta principal que comprende los elementos legales y regulatorios para la administración nacional de frecuencias. El Plan Nacional de Atribución de Frecuencias tiene el propósito de establecer las normas y parámetros necesarios para realizar una adecuada administración del espectro radioeléctrico.

La administración del espectro radioeléctrico se define como la combinación de los procedimientos administrativos, científicos y técnicos necesarios para garantizar la operación eficiente de los equipos y servicios de radiocomunicación sin causar interferencias dañinas. Es el proceso total de reglamentar y administrar el uso del espectro de las frecuencias.

El objetivo fundamental de la administración nacional de frecuencias es permitir que un país regule el uso del espectro de las frecuencias para garantizar la disponibilidad de las frecuencias para el debido uso y desarrollo de los servicios.

El primer requisito esencial para el debido uso del espectro de frecuencias es la división del espectro en partes independientes, que son referidas como bandas, cada una de las cuales puede ser utilizada por uno o más servicios de radiocomunicación. Los servicios de radio están especificados y definidos por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT).

La atribución de espectros es el proceso de distribución de frecuencias de radio entre los diferentes servicios, ya sea en una base exclusiva o compartida. Estas divisiones encuentran expresión en la Tabla Internacional de Atribución de Frecuencias. Esta tabla internacional atribuye el espectro a varias combinaciones de espectros de radio e incluye, directa o indirectamente, condiciones para el uso del espectro.

El siguiente requerimiento esencial es la aplicación de procedimientos regulatorios preestablecidos para el uso de frecuencias por parte de estaciones en el mismo servicio o en diferentes servicios en tal forma que se evite la interferencia entre los diferentes países. Para esto se han desarrollado procedimientos apropiados, que están prescritos en las regulaciones de radio.

Las redes de telecomunicaciones cubren todo el planeta (red mundial de telecomunicaciones), con penetración diversa según el desarrollo socioeconómico de cada país y sus componentes territoriales. Estas redes se encuentran evolucionando aceleradamente y han caracterizado el tiempo actual como el tiempo de la información, al converger con otros medios escritos y visuales en sistemas multimedia usados para los negocios, la vida social, el entretenimiento, la salud, la educación y casi cualquier otra actividad humana.

Para conformar esta red mundial de telecomunicaciones fue necesario desarrollar un sistema de identificación unívoca de cada terminal de abonado sin importar en que territorio se encuentre. La numeración mundial de los sistemas de telecomunicaciones se compone de los esquemas nacionales y éstos a su vez de cada red dentro de cada país, pues si existen varias redes, es obligatoria su interconexión dentro del país.

El Plan Nacional de Numeración Telefónico es un sistema de administración de los recursos de números telefónicos en cada país. El número telefónico, mediante el cual un determinado equipo terminal puede comunicarse desde cualquier parte del mundo, ha llegado a ser muy importante, al punto que muchos números fáciles de recordar han adquirido valor comercial y son disputados en el mercado.

El Plan Nacional de Numeración Telefónico trata de usar la mínima cantidad posible de cifras para los números telefónicos, pero al aumentar los abonados es inevitable aumentar las cifras de los números telefónicos o dividir las zonas de numeración, a fin de aumentar la disponibilidad de números telefónicos. El Plan debe prever suficiente capacidad de reserva de números y considerar la evolución de los sistemas de telecomunicaciones a largo plazo. El Plan permite al operador identificar a cada abonado y los equipos terminales, las posiciones de telefonistas u otros equipos que los usuarios regulares no deben alcanzar, para efectos contables, administrativos, de mantenimiento o de servicio interno.

El Plan Nacional de Enrutamiento en la Red Telefónica Pública Conmutada comprende las directrices para establecer las comunicaciones desde la central telefónica local de salida hasta la llegada en la forma más rápida y económica posible. El enrutamiento o encaminamiento en la Red Telefónica Pública Conmutada se caracteriza porque todas las llamadas son idénticas en cuanto a exigencias del servicio portador. Las comunicaciones se establecen fundamentalmente con base en la categoría del llamante y la información de selección que éste proporciona.

El Plan Nacional de Sincronismo tiene el propósito de facilitar la comprensión global de los elementos más fundamentales de la sincronización de los sistemas de telecomunicaciones y dar orientación para la red de nuestro país. La red de sincronización tiene por objeto establecer la temporización, o sea el tiempo, la hora, el reloj, en cada punto de la red de telecomunicaciones del país y en cada red de usuario.

Existe un tiempo universal coordinado (UTC) y relojes de altísima precisión 10 -13 (LORAN C, GPS, et.). Las redes nacionales de telecomunicaciones usan un reloj primario RPC (Reference Primary Clock) de precisión 10 -11.

La red SDH de cada país trabaja a velocidad ligeramente diferente de la del otro y en la frontera de interconexión ocurren ajustes de puntero para permitir el deslizamiento de los VC de un país dentro de la trama STM-N del otro. En última instancia, esta deriva nos lleva a un extremo que no se puede absorber y se produce un deslizamiento a nivel de 64 kbps o 2.048 kbps, con pérdida de un byte o una trama. En el cuadro 1/G.822 se establecen límites relativos a la frecuencia y probabilidad de deslizamientos.

Dentro de un mismo país o por lo menos dentro de la red de un operador, un solo reloj RPC establece la temporización en todo el territorio o Red Nacional. En el Plan Nacional de Sincronismo se trata el método de temporización, la distribución de la misma, las limitaciones, la arquitectura de la red de sincronización, las dificultades y limitaciones derivadas de imperfecciones y fallas, y las estrategias correspondientes.

En las redes de telecomunicaciones la señalización está dividida en tres partes básicas, las cuales son: (i) tonos y anuncios, que son los que transmiten información en forma acústica clara e inconfundible desde la red hacia el abonado o la operadora; (ii) señalización usuario-red, la cual transmite información en forma eléctrica en ambas direcciones entre la red y el abonado; y (iii) señalización entre centrales, la cual transmite información detallada sobre los requisitos para controlar y facturar la llamada en forma eléctrica en ambas direcciones entre las centrales de la red.

El Plan de Señalización lo que hace es definir los principios a seguir y los requisitos que deben cumplirse para estas tres áreas principales pertinentes a la red telefónica nacional panameña. En el Plan de Señalización se definen los niveles de los parámetros que están involucrados en cada una de las formas de señalización que se han indicado anteriormente, de manera que todos los componentes de las redes que operan en el ámbito nacional y su interrelación con las redes internacionales de telecomunicaciones, puedan operar en forma coordinada y de manera adecuada.

El Plan Nacional de Transmisión define las reglas y límites de los diferentes parámetros de transmisión en la red de telecomunicación nacional e internacional. Estas reglas garantizan conversaciones de voz inteligibles, sin excesos de ruidos, sonoridad adecuada y la correcta recepción de datos, lo cual es indispensable para la gran variedad de servicios existentes y futuros que serán brindados a través de las redes de telecomunicaciones.

El Plan Nacional de Transmisión tiene como objetivo lograr una red de comunicaciones eficiente, confiable y de alta calidad. Para lograr este objetivo se debe asegurar que la calidad de transmisión para servicios telefónicos y no telefónicos sea suficientemente alta y que las diferentes degradaciones de transmisión de una conexión, tales como atenuación, inestabilidad, eco, distorsión de atenuación y de retardo de grupo, diafonía, ruidos de orígenes diversos, errores de bits de diferentes tipos, etc., no excedan ciertos límites especificados en el Plan Nacional de Transmisión.