Trámite de nuevas concesiones con o sin uso de frecuencias
¿QUÉ DEBE HACER PARA TRAMITAR UNA CONCESIÓN DE TELECOMUNICACIÓN CON O SIN USO DE FRECUENCIA? -Podrán solicitarlas personas naturales, jurídicas, entidades gubernamentales y entidades sin fines de lucro en los períodos que para tal fin establezca la autoridad para cada año, a través de los formularios correspondientes. -Además podrán solicitarlas empresas extranjeras previamente registradas de acuerdo a las normas panameñas, siempre y cuando otro estado no tenga ingerencia en dicha empresa. -La solicitud debe ser presentada a través de los formularios disponibles para cada servicio. Los mismos precisan de toda la información requerida para el correspondiente servicio y las formalidades en que se debe presentar dicho documento. Dentro de la información solicitada en los formularios, se destaca la siguiente: -En caso de una sociedad; deberán presentar certificado de registro público, donde consten las generales de la sociedad, tales como: nombre del representante legal, datos de la inscripción (ficha, tomo, folio y/o asiento) entre otros. -Modelos de contratos aplicables al cliente, los cuales deben ser consecuentes con los servicios solicitados y considerando los Derechos y Deberes de los usuarios. Reglamentada mediante Resolución No. JD-101 de 27 de agosto de 1997, y sus modificaciones, No. JD-121 de 30 de Octubre de 1997 y JD-2457 de 18 de Octubre de 2000. -Medios por los cuales se propone ofrecer el servicio. -Diagramas conceptuales. -Área de cobertura, entre otros. -Todos los formularios deberán estar firmados por el representante legal o una persona debidamente apoderada. -El trámite de la solicitud, tiene un costo de CIEN BALBOAS CON 00/100 (B/.100.00), el cual deberá cancelarse al momento de la presentación de la respectiva solicitud, mediante cheque certificado o de gerencia, a favor de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos. Si el solicitante ya es concesionario deberá: -Estar paz y salvo, en lo referente al pago de la tasa de regulación y canon anual. -Además en los casos aplicables deberá haber presentado ante la Autoridad Nacional de los Servicios Publicos los formularios con la información técnica, comercial y estadística (FITCE), el formulario de declaración DIB-T, así como los Estados Financieros Auditados. En los casos en que la solicitud sea con uso de frecuencia se deberá adicionar: - El solicitante únicamente debera llenar el formulario de solicitud de frecuencias adicionales (SFA) -Cheque en garantía de cumplimiento, equivalente al 10% del canon anual de la frecuencia solicitada. -Informe con las características técnicas de las frecuencias solicitadas.
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